Por David Palacios
Politólogo UN – Magíster en Sociología – FLACSO Ecuador
En el pasado, por ejemplo en la edad media, el oficio de la política estaba reservado a los reyes y los nobles, clases sociales diminutas que se adjudicaban el poder por gracia divina o por herencia arbitraria, realidades que no podían ser cuestionadas por un pueblo sometido al trabajo para la supervivencia. Hoy, varias centenas de años después, el poder ya no es una voluntad de monarca, ni debería mirar con odio al que le da de comer, es decir, el pueblo.
En democracia representativa el poder lo detenta el pueblo y lo delega a un representante para que ejecute las propuestas del pueblo representado. Su lealtad máxima, su respeto máximo, su única contemplación es ante su jefe el pueblo (sus votantes). Esto está plasmado en la legislación que apoya la relación de superioridad del pueblo, por ejemplo la ley 1475 de 2011 que se expresa asi:
«Los partidos y movimientos políticos se ajustarán en su organización y funcionamiento a los principios de transparencia, objetividad, moralidad, equidad de género y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución…»1
«Transparencia. Es el deber de los partidos y movimientos políticos de mantener permanentemente informados a sus afiliados sobre sus actividades políticas, administrativas y financieras. Para su cumplimiento, deberán realizar cada año rendición de cuentas.»2 (subrayado nuestro)
La transparencia es un conjunto de prácticas y mecanismos legales e institucionalizados que permiten que las organizaciones civiles y políticas sean justas para la participación de la ciudadanía (una organización sin orden sería una paradoja). Como se ve, en el primer artículo de la ley 1475 de 2011 existe una acción imperativa para los partidos políticos, sus representantes y participantes: que toda organización (política) debe ser transparente. ¿Cómo se materializa la transparencia? En la ley 1475 de 2011 se contempla la rendición de cuentas, como se cita arriba, una rendición de cuentas por año.
¿Qué tiene que ver en esto el concejal del Facatativá el señor Villamil? Que el señor Villamil de manera subrepticia ha venido quebrando este mandato popular de fiscalización, no se han realizado rendiciones de cuentas abiertas, públicas con principal énfasis en la militancia de Pacto Histórico, creadora de su puesto de representante (si hace llegar alguna rendición de cuentas en formato video a este medio la publicaremos para evaluación), no se acata a cabalidad la ley 1475 de 2011, se desdeña la voluntad y la confianza popular, se alientan las dudas y no se representa de manera seria, como corresponde a un movimiento de tal calado como Pacto Histórico, que deja por estos días una gran presencia con la salida de Gustavo Petro de la presidencia.
Las rendiciones de cuentas no son una elección de los representantes electos de los partidos políticos, son un derecho y un deber ciudadano que facilita la armonía de las organizaciones, y eventualmente, si no se realizan, mina la confianza de la militancia, y si se realizan, allanan el camino para mejores candidaturas que miren de frente al pueblo, le hablen claro, y que vayan con todos los poderes del cambio para el mismo lado.
- Ley 1475 de 2011. Capítulo 1: De los principios y reglas de organización y funcionamiento. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=43332
- Ley 1475 de 2011. Capítulo 1: De los principios y reglas de organización y funcionamiento.

Licencia de este artículo: CC-BY-NC-SA
Para reproducir este artículo, no olvide indicar autor(es) y el link original.

